Autora del Blog Maria de los Ángeles Perez
La participación de la familia, la sociedad, los centros educativos, la comunidad y la población en general en la garantía de los derechos y deberes de los Niños, Niñas y Adolescentes (NNA) en Venezuela se rige por el principio de la Corresponsabilidad.
Este principio está consagrado en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA) y en la Constitución, y establece que la protección integral de los NNA es una responsabilidad compartida entre el Estado, la Familia y la Sociedad.
👨👩👧👦 I. La Familia: Primera y Principal Corresponsable
La familia es el espacio primordial para el ejercicio y desarrollo de los derechos y deberes de los NNA.
- Deber de Cuidado y Formación: Los padres, madres, representantes o responsables tienen el deber principal e irrenunciable de criar, educar, mantener y asistir a sus hijos e hijas, promoviendo su desarrollo integral.
- Garantizar Derechos: Deben garantizar que los NNA gocen de sus derechos fundamentales, como la salud, la identidad, la educación y el buen trato, sirviendo como modelo de conducta y amor.
- Orientar Deberes: La familia es responsable de orientar a los NNA en el cumplimiento de sus deberes (respeto, estudio, cuidado de la salud) de manera no violenta y basada en el afecto.
- Participación en el Sistema de Protección: Deben acudir a las instancias de protección (Consejos de Protección, Tribunales) cuando sus derechos o los de sus hijos sean vulnerados o para resolver conflictos de familia.
🏘️ II. La Sociedad y la Comunidad: Entorno de Desarrollo
La sociedad, la comunidad y la población en general tienen un rol activo y vigilante en la protección de la infancia y adolescencia.
- Vigilancia y Denuncia: Es deber de cualquier ciudadano denunciar ante los Consejos de Protección o el Ministerio Público cualquier situación de amenaza o violación de los derechos de un NNA.
- Promoción de Derechos: Deben impulsar un ambiente de convivencia pacífica y respeto. Esto incluye no someter a los NNA a trabajos peligrosos, explotación o maltrato.
- Creación de Espacios Seguros: Las organizaciones comunitarias, deportivas y culturales tienen el deber de ofrecer programas y espacios de recreación, esparcimiento, deporte y cultura que sean seguros y promuevan el desarrollo.
- Participación en Políticas Locales: Los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil pueden participar en la creación y fiscalización de los Consejos de Derechos y Consejos de Protección municipales, asegurando que se destinen recursos a programas de atención a la infancia.
🏫 III. Centros Educativos: Ambiente de Aprendizaje y Detección
Los centros educativos (escuelas, liceos) son un pilar clave en la socialización, la educación en derechos y el sistema de alerta temprana.
- Derecho a la Educación: Garantizan el derecho fundamental a la educación, la cual debe ser gratuita, obligatoria y de calidad.
- Educación en Derechos y Deberes: El currículo educativo debe incluir la enseñanza y difusión de los derechos y garantías de la LOPNNA, promoviendo en los estudiantes una cultura de respeto y responsabilidad.
- Detección y Referencia: El personal docente y directivo está obligado a detectar y referir inmediatamente a los Consejos de Protección cualquier indicio de maltrato, abuso o negligencia que observen en un estudiante.
- Espacios de Participación: Fomentan la participación estudiantil a través de consejos de estudiantes y otras figuras, cumpliendo con el derecho de los NNA a ser oídos.
📢 IV. La Participación de los Propios Niños y Adolescentes
La LOPNNA garantiza activamente el derecho de los propios NNA a participar y ser protagonistas de su protección y desarrollo.
- Derecho a ser Oído: Tienen derecho a expresar libremente su opinión en todos los asuntos que les conciernan y a que su opinión sea tomada en cuenta, de acuerdo a su edad y madurez.
- Libertad de Expresión: Tienen derecho a manifestar sus opiniones e ideas por cualquier medio de difusión, con las limitaciones establecidas en la ley (Art. 61, LOPNNA).
- Derecho de Manifestación: La ley les reconoce el derecho a reunirse con fines lícitos y manifestar pacíficamente, siempre que se proteja su integridad.
En resumen, la Corresponsabilidad exige que cada sector (familia, sociedad, escuela, Estado) cumpla su parte, de modo que la protección del NNA no recaiga solo en las instituciones, sino en el tejido social completo.
¿Te gustaría que te diera ejemplos específicos de cómo las organizaciones no gubernamentales (ONG) o las comunidades participan en este sistema?
Saludos desde Venezuela!❤️
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